El derecho bancario es aquel conjunto de normas jurídicas que regulan el que hacen los bancos y de las demás instituciones financieras análogas que desarrollan, primordialmente, una actividad de intermediación financiera y de prestación de servicios, también, financieros, con recursos propios y del público. En perspectiva eminentemente jurídica, la actividad que desarrollan los bancos y demás entidades de crédito se asienta sobre la base de la constitución de relaciones patrimoniales con otros sujetos, mediante la celebración de contratos.
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Asesoría sobre regulación de entidades financieras.